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Misión y Visión

En el Decreto N°15, que aprueba el reglamento del Artículo N°4 de la ley N°20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social, se señala en el Artículo N°16 que la División de Cooperación Público – Privada tendrá a su cargo el estudio y diseño de programas sociales que tengan por objeto velar por la participación de la sociedad civil en las materias de la competencia del Ministerio referidas, especialmente, a personas o grupos de personas vulnerables. Además, estará encargada de las funciones establecidas en el inciso final del Artículo 4º de la ley Nº 19.885 (Ley de Donaciones).

Por lo tanto, se ha definido como Misión del Ministerio de Desarrollo Social contribuir a un desarrollo social inclusivo, garantizando umbrales mínimos, ampliando oportunidades y mejorando el dominio de las personas y comunidades sobre sus propios proyectos de desarrollo, a través del diseño, evaluación y coordinación de políticas, planes, programas sociales y proyectos de inversión, orientados a la reducción de la pobreza, vulnerabilidad, discriminación y desigualdad.